(EUROPA PRESS) – La Fiscalía del Principado de Asturias solicita una condena de cuatro años y seis meses de prisión para un hombre por un delito de Frustración de la Ejecución, por destinar los ingresos de su actividad a una sociedad que no había realizado ninguna prestación de servicios para ocultar su patrimonio y evitar ser embargado.
La vista oral esta señalada para este miércoles, 15 de julio, en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo, a las 10.30 horas.
El acusado, al menos durante el año 2015 y hasta abril de 2017, sirviéndose de una sociedad mercantil, de la que el acusado era su administrador único y socio al menos en un 94%, procedió a recibir cantidades de dinero en la cuenta bancaria de la sociedad para a continuación reintegrar las mismas en metálico, todo ello ante el riesgo de inminente embargo de su patrimonio.
El acusado realizó una actividad profesional de construcción, y con la finalidad de que los ingresos que se percibían de dicha actividad no fuesen embargados.
Destinó los ingresos de su actividad a una sociedad que no había realizado ninguna prestación de servicios. Simultáneamente al ingreso del dinero en la cuenta de la sociedad, procedió a extraer el dinero en efectivo de la cuenta bancaria y así incorporarlo a su patrimonio.
Todo ello a través de una sociedad limitada constituida en el año 2009, que controlaba totalmente y que no realizaba actividad alguna.
Para ello, dio las oportunas instrucciones para recibir capital en la cuenta bancaria titularidad de la empresa pantalla, dinero que reintegraría posteriormente el acusado, quien era la única persona autorizada para tal menester y quien efectivamente lo realizó, incorporándolo a su patrimonio personal e impidiendo los embargos que pudieran recaer sobre tal capital.
En concreto, durante el año 2015 realizó reintegros en efectivo de forma inmediata a los ingresos por importe de 276.800 euros. A su vez, durante el año 2016 realizó reintegros en efectivo de forma inmediata a los ingresos por importe de 142.735 euros. Por último, durante el año 2017 realizó reintegros en efectivo de forma inmediata a los ingresos por importe de 11.150 euros. El importe total del dinero reintegrado en metálico entre 2015 y 2017 es de 430.685 euros.
La Fiscalía procede imponer las penas de cuatro años y seis meses de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y el pago de una multa de 12.000 euros.
Además, le exige que indemnice al Tesoro Público en la cantidad de 142.688,29 euros (cantidad máxima a cobrar en concepto de multa) y a la Hacienda Pública en la cantidad de 142.688,29 euros (cantidad en que fue perjudicada), con aplicación en su caso de los intereses de demora prevenidos en el artículo 576 LEC.