(EUROPA PRESS) – La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Gijón ha ha desestimado el recurso de reposición interpuesto frente a las bases de selección de cuatro plazas de técnica o técnico especialista en Prevención y Extinción de Incendios de turno libre de la oferta de empleo público del año 2019.
En el texto se alegaba una discriminación indirecta en perjuicio de un número superior de personas de sexo femenino que de sexo masculino por el requisito de talla mínima idéntica para hombres y mujeres de 1,60 metros y se solicitaba la supresión del mismo.
Se entiende, por tanto, que no existe vulneración del principio de igualdad en el acceso a la función pública, siendo razonable y
proporcionada la exigencia de una altura mínima igual como condición física razonable y proporcionada que ayuda a ejercer de forma eficiente y eficaz las funciones del trabajo.
Este principio no se ve menoscabado siempre que los méritos o capacidades a valorar tengan relación con la actividad concreta que se va a desempeñarse dentro de la función pública.
El personal realizará tareas de intervención directa en situaciones de riesgo donde primará, como interés general, proteger la seguridad ciudadana sin olvidar la necesidad de garantizar su propia seguridad.
La altura mínima necesaria igual para ambos sexos no puede considerarse genéricamente discriminatoria ni menoscaba el principio de igualdad máxime cuando la altura exigida para ambos sexos está por debajo del promedio de la estatura de las mujeres españolas que actualmente se fija en 1,63 metros.