Oviedo, 21 feb (EFE).- El Juzgado de lo Social de Mieres ha condenado a la Química Farmacéutica Bayer a indemnizar con unos 71.800 a la familia de un trabajador que falleció a causa de su exposición al amianto durante los años en que estuvo empleado en la factoría que tiene esta empresa en Langreo.
Los responsables de CCOO de Asturias, cuyo sindicato llevó el caso a los tribunales junto con la familia del fallecido, consideran que la sentencia «ilustra el desprecio de la industria por la salud y la vida de los trabajadores» y denuncian «la reiterada ocultación de las enfermedades profesionales».
La sentencia, consultada por Efe, considera probado que, entre 1970 y 1985, Bayer Hispania importó amianto pero nunca se inscribió en el registro de Empresas con Riesgo de Amianto.
Según subraya el magistrado Manuel Gonzále-Portal, «es un hecho notorio que los procesos productivos de cualquier empresa con instalaciones caloríficas en España, cuando menos hasta los años ochenta, se valió sistemáticamente del amianto».
La sentencia también apunta que las empresas tenían «obligación», ya desde 1947, de «adoptar precauciones en orden a preservar la salud de los trabajadores, por el riesgo del polvo de amianto».
El fallo establece que Bayer despreció el riesgo ya formulado en los textos normativos y se abstuvo de adoptar medida precautoria, de prevención o de seguridad alguna, salvo una esponja usada a modo de mascarilla.
«Desprecio que aún perdura», prosigue la sentencia, «al no estar articulado en la actualidad procedimiento de reconocimientos médicos del personal expuesto, en su momento, al amianto».
El trabajador, S.F.S., había prestado sus servicios en la factoría de Bayer en Langreo desde 1951 hasta 1991, manipulando en distintos momentos de su trabajo recubrimientos fabricados con amianto.
Además, en 1970 había participado en las obras de desmantelamiento de la antigua planta de acetilsalicítico, estando en contacto directo con el polvo de amianto y con la única protección de unas esponjas.
Tras su fallecimiento, en 2009, su familia inició, junto con CCOO, el proceso para el reconocimiento de la enfermedad profesional como causante del deceso -neumoconiosis y mesotelioma maligno epitelial-, que culminó con la reclamación de daños por dicha muerte sobre la que el juzgado acaba de pronunciarse.