La Comisión Europea se enfrenta a una complicada posición relativa a cómo tratar el envío de ayuda humanitaria relacionada con el COVID-19 a países con los que la UE mantiene sanciones. Así, se van a ofrecer orientaciones prácticas sobre cómo cumplir las sanciones de la UE a la hora de proporcionar asistencia médica y humanitaria en general, y para aclarar las responsabilidades y los procesos para la prestación de esta ayuda con el fin de facilitar las actividades de los operadores humanitarios así como la canalización de equipos y asistencia para luchar contra la pandemia. Estas orientaciones también cuentan ahora con un capítulo independiente sobre Nicaragua.
Reto sin precedentes
Desde la Comisión entienden que la lucha contra la pandemia de COVID-19 es un reto sin precedentes que requiere «unidad, cooperación, solidaridad y compasión a nivel mundial». Si bien ningún país está excluido, las complejas situaciones políticas o económicas y los conflictos en curso en determinadas zonas del mundo se suman a los efectos devastadores de la pandemia en la población de esos países.
Mantener la paz como objetivo clave
La Comisión entiende que «las sanciones de la UE contribuyen a alcanzar objetivos clave de la UE, como el mantenimiento de la paz, el refuerzo de la seguridad internacional y la consolidación y el apoyo a la democracia, el Derecho internacional y los derechos humanos. Las sanciones de la UE se dirigen a aquellos cuyas acciones ponen en peligro estos valores, con el fin de reducir en la medida de lo posible las consecuencias negativas para la población civil. La UE cuenta actualmente con unos cuarenta regímenes de sanciones diferentes».
La nota orientativa emitida es una respuesta a preguntas recibidas por la Comisión de donantes, ONG, bancos y otros agentes que participan en actividades humanitarias, así como de las autoridades nacionales. Las preguntas se refieren a las exportaciones y los pagos de equipos de protección, medicamentos o equipos médicos, o a la prestación de asistencia médica a la población necesitada de ella en zonas sujetas a sanciones de la UE. La nota está dirigida a todos los agentes implicados en el suministro de ayuda humanitaria, como las autoridades competentes de los Estados miembros de la UE, que gestionan la aplicación de las sanciones de la UE, y los operadores públicos y privados (donantes, ONG, bancos y otros agentes implicados en actividades humanitarias), que deben cumplir las sanciones de la UE a la hora de prestar asistencia.
“Papel crucial de las sanciones”
Josep Borrell, alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y vicepresidente para una Europa más Fuerte en el Mundo, ha declarado que «las sanciones de la UE desempeñan un papel crucial a la hora de perseguir a los responsables de violaciones del Derecho internacional, violaciones de los derechos humanos y el flujo de armamento hacia zonas de guerra, y a quienes socavan los procesos de paz. Pero, sobre todo, están pensadas para proteger a los más vulnerables. Las sanciones de la UE están plenamente en consonancia con el Derecho internacional y contemplan excepciones, de modo que la ayuda humanitaria pueda llegar a los más necesitados. La nota orientativa de hoy brinda la orientación necesaria a los operadores humanitarios en estos tiempos difíciles.»
Por su parte, Mairead McGuinness, comisaria de Servicios Financieros, Estabilidad Financiera y Unión de los Mercados de Capitales, ha declarado que «la pandemia de COVID-19 está teniendo repercusiones a escala mundial, especialmente entre las comunidades vulnerables, lo que requiere una respuesta coordinada. Creo que la nota orientativa de hoy ayudará a apoyar y facilitar la prestación de ayuda humanitaria a Nicaragua a pesar de las sanciones actualmente en vigor. Es fundamental que la ayuda siga llegando donde sea necesaria.»
Por Santiago Fontenla.