Oviedo, 30 oct (EFE).- La Fiscalía del Principado de Asturias ha recordado hoy al presidente del Fondo para la Protección del Fondo Salvaje (Fapas), Roberto Hartasánchez, que su defensa admitió los hechos por los que fue condenado a un año y seis meses de prisión y a una indemnización de 100.000 euros por su responsabilidad en la muerte de un trabajador en Teverga en 2011.
En un comunicado, el Ministerio Público ha respondido así a las «graves afirmaciones» realizadas por Hartasánchez en una rueda de prensa el pasado jueves en la que acusó a la Fiscalía de «maltrato» con su persona por culparle «sin fundamento» y «contradiciendo» los informes que le exculpaban de responsabilidad en este caso.
La Fiscalía recuerda que la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número dos de Oviedo por un delito contra la vida y salud de los trabajadores y otro de homicidio por imprudencia se alcanzó con la conformidad del Ministerio Público, de la acusación particular y el letrado de la defensa del acusado.
En este sentido, incide en que la defensa de Hartasánchez en «ningún momento» manifestó su intención de modificar ninguno de los hechos del relato del Fiscal y que, con la conformidad alcanzada en virtud de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se entiende que el acusado admite los hechos contenidos en la acusación del Ministerio Público y las penas acordadas entre las partes.
«Ninguna de las partes manifestó su deseo de modificar los hechos contenidos en la acusación del Fiscal, ni total ni parcialmente», añade el Ministerio Público que recuerda además que la alternativa a la sentencia de conformidad alcanzada hubiera sido la celebración del juicio oral que hubiera podido desembocar en su absolución si el juez hubiera apreciado la ausencia de pruebas contra el acusado o que los hechos enjuiciados no eran constitutivos de delito.
No obstante, la vista no llegó a desarrollarse ante la conformidad mostrada por el acusado con los hechos y las penas acordadas por lo que el juez declaró firme la sentencia al manifestar las partes su voluntad de no recurrir el fallo.
Los hechos ocurrieron en septiembre de 2011 cuando el peón forestal I.G.M., de 26 años y una antigüedad de dos meses como trabajador de FAPAS, se encontraba acondicionando una pista forestal que comunica Coañana con San Juan de Volantes manejando un dumper.
Durante la realización de estas labores, el joven se salió de la pista por el margen izquierdo y se precipitó por un desnivel de unos cuarenta metros lo que hizo que el trabajador falleciera a causa de las lesiones cuando era trasladado en helicóptero al HUCA.
Según la Fiscalía, Hartasánchez permitía la utilización del equipo de trabajo con pleno conocimiento de que el trabajador fallecido carecía de cualquier tipo de formación e información en materia de prevención de riesgos laborales y no tenía el reconocimiento médico hecho.
La sentencia obliga además a Hartasánchez a pagar una multa de 900 euros y una indemnización al Principado de 6.346 euros por los gastos del traslado del trabajador al Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA) en helicóptero.