Servicios Sociales se volcará con los vecinos de los barrios degradados de Gijón

gijonLa Fundación Municipal de Servicios Sociales (FMSS) ha aprobado la convocatoria de ayudas sociales para los propietarios de viviendas con escaso nivel de renta que hayan visto disminuidas sus prestaciones en los ejercicios 2013 a 2016 como consecuencia de haber percibido ayudas municipales para la rehabilitación de fachadas.

Entre los requisitos está el es ser titular en la fecha fin de presentación de solicitudes de la presente convocatoria de una vivienda ubicada en Gijón, siendo a su vez su vivienda habitual, para la cual se haya recibido una subvención del Ayuntamiento de Gijón para la rehabilitación de fachadas.

Se exceptuará el requisito de que la vivienda sea la residencia habitual, en los supuestos que se ostente la nuda propiedad de la vivienda objeto de ayudas, en un porcentaje igual o inferior al 50%, siempre que esta esté siendo ocupada por algún otro propietario del mismo inmueble.

Asimismo, los ingresos brutos mensuales de la unidad de convivencia del titular de la vivienda, no podrán superar los importes que se detallan a continuación en función del número de miembros: 905.27 euros brutos mensuales para entre uno y dos miembros, 1.011,77 euros para entre tres y cuatro miembros y 1.118,27 euros para cinco o más miembros.

El importe de la ayuda se fijará en función de la cantidad en la que el solicitante de la ayuda u otra persona de la unidad de convivencia hayan visto minorada alguna prestación económica, pensión, subsidio o similar de la que sea titular en el ejercicio 2015 y/o 2016 o de la cantidad dejada de percibir como consecuencia de la extinción o denegación en el ejercicio 2015 y/o 2016 de esta.

En todo caso, se marca un límite máximo de 5.000 euros por solicitante y ejercicio (entre 2013 y 2016). La cuantía de la ayuda se abonará en un pago único y el importe global máximo será de 80.000 euros. La concesión de las ayudas estará supeditada a la existencia de crédito suficiente, por lo que en caso de que se supere, se concederán por orden en función de las unidades de convivencia con menores ingresos brutos hasta que se agote el crédito consignado.

DEL 1 AL 31 DE OCTUBRE

Las solicitudes de subvención podrán presentarse desde el 1 hasta el 31 del próximo mes de octubre de 2016, ambos días incluidos, en el Registro General del Ayuntamiento de Gijón o en cualquiera de los registros auxiliares del mismo ubicados en los Centros Municipales Integrados o por cualesquiera de los medios regulados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La concesión, denegación o desistimiento de las ayudas se realizará mediante Resolución de la Presidencia de la Fundación Municipal de Servicios Sociales, que deberá adoptarse en el plazo máximo de 2 meses contados a partir del día de presentación de la solicitud. Transcurrido dicho plazo máximo sin que haya recaído resolución expresa, se podrá entender que esta es desestimatoria.