El Ejecutivo del Principado ha acordado este miércoles en Consejo de Gobierno modificar el decreto que regula la jornada, permisos y vacaciones de los empleados públicos del Principado, sus organismos y entes públicos, de tal forma que los empleados públicos recuperarán los días de asuntos propios (conocidos como moscosos) y de vacaciones que estaban ligados a la antigüedad.
De este modo, se devuelve el sexto día de asuntos propios, los dos días adicionales que se adquirían a partir del sexto trienio y el día que se obtenía cada trienio a partir del octavo. En cuanto a las vacaciones, los empleados públicos vuelven a contar con el día que van sumando a su periodo vacacional por cada cinco años de servicio.
La recuperación de los permisos ligados a la antigüedad, tanto de asuntos propios como de vacaciones, correspondientes a 2015, se hará en tres años, entre 2016 y 2018, en los términos que se determinen en las disposiciones de desarrollo del decreto y respetando las necesidades del servicio.
Por otro lado, la modificación del decreto establece un nuevo desarrollo del permiso por cuidado de un hijo afectado por cáncer u otra enfermedad grave, con condiciones más favorables para su disfrute, y mejora también las condiciones del permiso por lactancia.
Asimismo, se modifica la forma de justificación de las ausencias al puesto de trabajo por razón de enfermedad o accidente, sin declaración de incapacidad temporal, de modo que será exigible la aportación de un justificante de asistencia al médico en lugar de la declaración responsable.
El decreto aprobado en septiembre de 2013 ya introdujo una serie de mejoras en cuanto a los horarios, los permisos y las vacaciones o el tratamiento de las situaciones de incapacidad temporal. Así, se permitió acumular 3 días de asuntos particulares al periodo vacacional y disfrutar 5 días de vacaciones de manera independiente.
En materia de conciliación laboral, la norma autorizó también que un empleado público que hubiera agotado todas sus vacaciones y permisos pudiera contar con un máximo de 5 días ante una situación de excepcional gravedad.
Además, los permisos no retribuidos comenzaron a poder prolongarse durante un año para los cuidados del cónyuge que padeciese una enfermedad grave o irreversible. En cuanto a la incapacidad temporal, el decreto estableció una nueva regulación para indicar las situaciones, caso de enfermedades graves u hospitalización, en las que un empleado pudiera percibir el 100% de las retribuciones.