González advierte de que inhabilitarlo como diputado sería un fraude de ley

angelgonzalezOviedo, 22 may (EFE).- El exportavoz de IU en la Junta General, Ángel González, considera en las alegaciones planteadas ante la Comisión de Reglamento de la Cámara que su inhabilitación como diputado supondría «un caso flagrante de fraude de ley».

González ha presentado sus alegaciones ante la comisión que se reunirá el próximo lunes para determinar si dictamina la incompatibilidad de que continúe como diputado con el hecho de estar condenado a siete años de inhabilitación como cargo público por un delito de prevaricación en su etapa como viceconsejero de Bienestar Social.

En su escrito, el actual diputado del Grupo Mixto señala que la reforma de la Ley Electoral aprobada en 2011, que contempla la inhabilitación de los cargos públicos condenados, aunque la sentencia no sea firme, como es su caso, buscaba evitar que partidos que apoyasen la violencia terrorista pudiesen usar vías fraudulentas para concurrir a procesos electorales y obtener representación.

A su juicio, la aplicación de este precepto para privarle de su condición de diputado sería «un caso flagrante de fraude de ley» al interpretarlo «de forma contrario al espíritu que guió al legislador» al reformar la Ley Electoral.

Asimismo, incide en que la ley requiere de sentencia firme para aplicar la causa de incompatibilidad sobrevenida, y recuerda que aún puede ser absuelto por el Tribunal Supremo, ante el que ha recurrido la sentencia que le condena por fraccionar ilegalmente contratos para instalar monolitos en las fosas comunes del franquismo.

González apunta además que la reforma de la Ley Electoral entró en vigor en enero de 2011 y que los hechos por los que fue juzgado se remontan a noviembre de 2010, con lo que se estaría vulnerando el principio que prohíbe una aplicación retroactiva de ley penal que no favorezca al reo.

Las alegaciones aluden además a que la pena de inhabilitación que le impuso el Tribunal Superior de Justicia de Asturias no está prevista por el Código Penal dado que en la fecha en que cometió los hechos que se le imputan no era diputado en la Junta General.

Según el ex portavoz de IU, la pena de inhabilitación prevista para el delito objeto de condena debe estar «exclusivamente referida» al empleo o cargo público que se ostenta en el momento de cometer los hechos y que en su caso era el de viceconsejero.

Por último, González apunta que iría en contra de los más elementales principios constitucionales privar a un parlamentario de su escaño antes de que se le haya permitido hacer uso de todos los recursos previstos en el ordenamiento jurídico o sin que hayan transcurrido todos los plazos establecidos sin haberlo hecho.

Así, como conclusión el todavía parlamentaria plantea a la Comisión de Reglamento que, a su juicio, mientras no haya sentencia firme que le inhabilite como cargo público, no se le puede privar de la condición de diputado salvo que renuncie personalmente al escaño.