ArcelorMittal deberá elevar la pantalla protectora del parque de carbones

carbon_20130920131909_800Oviedo, 26 jun (EFE).- El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado la sentencia que obligaba a la multinacional siderúrgica ArcelorMittal a elevar en dos metros la pantalla protectora del parque de carbones de Aboño para evitar que el polvo generado al ser rociado con cañones de agua se deposite fuera de las instalaciones.

La sentencia recurrida por ArcelorMittal ante el TS había sido dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) tras el recurso planteado por la empresa contra la resolución del Principado por la que se concedía la autorización ambiental integrada a sus factorías de Gijón y Avilés.

El recurso de la compañía siderúrgica fue estimado parcialmente, pero mantenía la obligatoriedad establecida en la resolución de implantar diversas mejoras medioambientales en las instalaciones así como el recrecido de la valla existente, de tres metros de altura y que discurre a lo largo de unos 500 metros por el muro que separa la carretera del parque de carbones de Aboño.

La empresa alegó que elevar la pantalla generaría un grave impacto ambiental que el Supremo rechaza dada la degradación que ya sufre dicha zona en este ámbito.

ArcelorMittal advertía de que el recrecimiento supondría una grave limitación para la maquinaria que opera en el interior del parque para mover, utilizando grandes rotopalas, el carbón almacenado, que alcanza alturas de hasta 17 metros que se rocían con cañones de agua.

Según el TS, para que fuese efectivo el argumento de la empresa de que esta circunstancia generaría un coste excesivo al ser necesario atender a la seguridad de los trabajadores que manipulan las máquinas debería ir acompañado de un estudio o análisis de los costes y que conllevasen una carga que hiciese imposible dicha actividad, «lo que no se ha efectuado y ni siquiera aducido».