Rebajan a siete años la pena al acusado de disparar a la pareja de su exnovia

6304916w(EFE).- Álvaro A.B, acusado de los delitos de asesinato en grado de tentativa y de tenencia ilícita de armas por disparar en la boca con una escopeta a la pareja de su exnovia en Gondomar ha aceptado hoy una pena de siete años de cárcel frente a los quince que pedía inicialmente el fiscal.

Las partes han llegado a una conformidad antes de la celebración del juicio en la sección quinta de a Audiencia de Pontevedra, y tras apreciarse la circunstancia atenuante de la reparación del daño.

El fiscal ha rebajado aún más la pena, hasta los tres años y seis meses, para David D.R., para quien pedía en principio quince años por idénticos delitos, al aceptar que desconocía inicialmente las intenciones del agresor cuando lo acompañó desde el País Vasco, donde ambos residían, hasta Gondomar, en marzo de 2013.

Según consta en el escrito de la acusación, Álvaro A.B y David D.R. hicieron ese viaje expresamente «con la intención de causarle la muerte» a la víctima.

Ambos viajaron en un vehículo prestado en cuyo maletero portaban, sin que lo supiera David D.R., la escopeta que se utilizó durante la agresión y que no fue localizada. Las pruebas balísticas determinaron que se trataba de un arma del calibre 22.

Los acusados permanecieron aparcados en las inmediaciones del domicilio de la víctima hasta que a las 19.30 horas del 29 de marzo de 2013 éste llegó a su casa y fue abordado en la escalera de acceso del garaje a los ascensores por Álvaro A.B., quien vestía ropa oscura y se tapaba la cabeza con un gorro.

La víctima, al percatarse de la presencia de alguien por la espalda, tuvo tiempo de girarse y recibió de forma sorpresiva un tiro en la boca siendo el agresor consciente de que el disparo afectaba a zonas vitales.

Tras esto, agresor y cómplice se desplazaron en el mismo vehículo hasta la localidad de A Ramallosa, donde David D.R. se subió a un autobús para viajar a Fene y desde allí volver al País Vasco. Álvaro A.B. hizo el camino de vuelta en el coche.

Las secuelas de la víctima fueron un traumatismo facial y en el paladar y heridas inciso-contusas a nivel del labio superior, en la lengua y en la zona cervical con orificio de salida.

Los dos acusados no podrán aproximarse durante un periodo de cinco años a la víctima, que ya ha sido indemnizada por daños físicos y morales.