La Concejalía de Contratación del Ayuntamiento de Oviedo siguiendo la instrucción del concejal Gerardo Antuña en cumplimento de la artículo 28.4 de la LCSP/2017 que impone la obligación de planificar y publicar la Actividad contractual anual, al menos por los contratos sujetos a una regulación armonizada que dispone que “Las entidades del sector público programarán la actividad de contratación pública, que desarrollarán en un ejercicio presupuestario o periodos plurianuales y darán a conocer su plan de contratación anticipadamente mediante un anuncio de información previa previsto en el artículo 134 que al menos recoja aquellos contratos que quedarán sujetos a una regulación armonizada”. Se entiende que es una medida obligatoria para facilitar la concurrencia de las pymes y es, además, un mecanismo para reforzar la transparencia al fomentar la competencia mediante la información anticipada.
El Plan Anual de Contratación recogerá una relación de contratos, con sus datos básicos: objeto, duración, fecha estimada de licitación, para que las empresas puedan conocer los planes de contratación, estar atentos a la convocatoria e irse planificando para realizar las ofertas. Es un plan indicativo, que no obliga a licitar todos los contratos o a hacerlos con las condiciones concretas anunciadas. El anuncio de información previa del 134, se limita a los contratos SARA, cuando se estime conveniente reducir los plazos para presentar ofertas.
El concejal Gerardo Antuña ha querido destacar que “con esta instrucción no sólo estamos cumpliendo con una obligación que viene impuesta por la legislación, estamos facilitando a las empresas la planificación y presentación de ofertas para la contratación de una manera más eficaz y desde luego mucho más transparente”.