Madrid, 24 feb (dpa) – El Poder Judicial español consideró hoy «una descalificación muy grave» afirmar «la existencia de presos políticos en España» después de que así lo hiciera el viernes el presidente del Parlamento regional de Cataluña, el independentista Roger Torrent.
El representante institucional levantó la polémica en un acto solemne celebrado en Barcelona al referirse a «presos políticos acusados de rebelión y sedición por delitos inexistentes» en alusión a los políticos y líderes civiles catalanes encarcelados por su presunto vínculo con el proceso independentista en la región española.
Varias autoridades judiciales abandonaran la sala donde tenía lugar el acto, en el Colegio de Abogados de Barcelona.
El Consejo General del Poder Judicial, órgano de Gobierno del Poder Judicial de España, aprobó hoy una declaración en la que recordó que actúa siempre «desde la más absoluta independencia».
«Afirmar la existencia de presos políticos, y en especial por un representante institucional, es una descalificación muy grave de la función judicial, que trasciende al propio Poder Judicial, atacando frontalmente a nuestro modelo de convivencia», expresó el órgano.
Las palabras de Torrent levantaron revuelo político y social en plena crisis independentista en Cataluña. El ministro de Justicia español, Rafael Catalá, aseguró que el presidente del «Parlament» se «equivocó profundamente», según dijo al concluir al acto, al que asistió.
Pese a las críticas, Roger Torrent insistió hoy en que continuará «denunciando la situación de los diputados presos y exiliados», en referencia a los independentistas encarcelados y también a los seis políticos que permanecen fuera de España para evitar ser detenidos, entre ellos el ex jefe del Gobierno catalán Carles Puigdemont.
El Poder Judicial destacó que «las situaciones de prisión provisional que se dan en los procedimientos seguidos en los tribunales españoles lo son como consecuencia de decisiones judiciales motivadas y adoptadas en el curso de un proceso con todas las garantías y en el ejercicio legítimo de la función jurisdiccional».