El Gobierno ha decretado el restablecimiento de los controles de las fronteras terrestres en el marco las medidas de contención del COVID-19. Esta medida entrará se prolongará mientras dure el estado de alarma.
El objetivo de esta medida, al igual que el resto de resoluciones adoptadas al amparo del Real Decreto de Estado de Alarma, es proteger la salud y seguridad de los ciudadanos y contener el coronavirus.
En concreto, a partir de hoy solo se permitirá la entrada en territorio nacional por vía terrestre a ciudadanos españoles; personas residentes en España; trabajadores transfronterizos y aquellos que acrediten, documentalmente, causas de fuerza mayor o situación de necesidad.
La resolución señala que esta restricción no se aplicará al transporte de mercancías «con el fin de asegurar la continuidad de la actividad económica y de preservar la cadena de abastecimiento».
La medida tampoco afecta al personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y organismos internacionales sitos en España, siempre que se trate de desplazamientos vinculados al desempeño de funciones oficiales.
Se activa de esta forma el artículo 28 del Código de Fronteras Schengen, que permite restablecer temporalmente los controles en las fronteras interiores en situaciones como la actual.
