Habitualmente, han sido santo de la devoción de la mayor parte de ahorradores de nuestro país. Desgraciadamente, los continuos recortes en los tipos de interés, así como el recrudecimiento de las condiciones interpuestas por los bancos no han hecho sino mermar el atractivo de este producto financiero que antaño disfrutó de una época gloriosa.
No nos malinterpretes. Aún es posible encontrar y contratar depósitos bancarios cuyas características resulten atractivas. Sin embargo, buena parte de la oferta del mercado es tan sólo una sombra de lo que era.
Nuestro consejo es que tengas en cuenta todas las desventajas de los depósitos bancarios antes de proceder a su contratación. Es posible que prefieras optar por otra solución más beneficiosa.
Escasa rentabilidad debida a las limitaciones del BCE
La política del Banco Central Europeo desde hace ya varios años ha sido la de reducir los tipos de interés del dinero a límites irrisorios. Por su parte, el Banco de España ha establecido prerrogativas semejantes, cuyo incumplimiento puede suponer sanciones para las entidades bancarias.
El resultado es, cuanto menos, ridículo. En la fecha de redacción de este artículo, el Euribor se sitúa en el -0,188%, o lo que es lo mismo, en terreno negativo.
Dadas las circunstancias, los bancos han ido bajando más y más los tipos de interés a los que remuneran las imposiciones a plazo fijo hasta dejarlas en cifras insignificantes.
Tradicionalmente, los depósitos se utilizaban como un mecanismo de ahorro para reducir la merma económica ocasionada por la inflación. En los tiempos que corren, combatir la subida del coste de la vida mediante la contratación de depósitos se ha vuelto una tarea bastante complicada.
Renuncia a la liquidez durante el plazo del depósito
El gran inconveniente de los depósitos siempre ha sido el hecho de que es necesario renunciar a una suma de dinero durante determinado tiempo.
Eso significa que, si a lo largo del plazo de duración del depósito, surgiera una oportunidad de obtener un mayor rendimiento de tu capital, no te sería posible hacerlo, debido a que éste permanecería inmovilizado hasta el vencimiento del contrato.
Por supuesto, existe la posibilidad de cancelar anticipadamente el depósito, pero habría que hacer frente a las comisiones de penalización de las que hablaremos en seguida.
¡Pero eso no es lo peor!
Determinados depósitos ni siquiera permiten la cancelación anticipada. Se trata de una condición contractual cuanto menos cuestionable, que no hace sino empeorar aún más el poco atractivo actual de las imposiciones a plazo.
Penalización por cancelación anticipada
Tal y como indicábamos hace un momento, la cancelación del depósito antes del plazo acordado acarrea la imposición de una penalización por parte del banco emisor.
En el pasado, era posible encontrar depósitos con distintos tipos de penalizaciones, más o menos proporcionales; es decir, o bien se reducía el tipo de interés o bien se reducía parte de los intereses generados. El objetivo no era otro que intentar ajustar el beneficio obtenido al plazo durante el cual se ha mantenido el dinero en el depósito.
En la actualidad, sin embargo, la gran mayoría de las entidades bancarias optan por el criterio de eliminar la totalidad de los intereses generados hasta el momento de la cancelación anticipada. Éste es el límite máximo permitido por el Banco de España. Es más, algunas entidades ni siquiera indican en sus contratos la penalización específica que se aplicará en caso de cancelación anticipada. En su lugar, se limitan a indicar que ésta no superará los intereses generados.
Esta práctica cada vez más frecuente es totalmente inadmisible, dado que deja en una situación muy vulnerable al cliente. No obstante, no parecer que las autoridades reguladoras estén por la labor de controlarlo de forma más enérgica.
Tributación menos favorable que productos de inversión
La tributación de los depósitos es bastante sencilla. Sencillamente, se aplica una retención y se tributa como rendimiento del capital sobre la base del ahorro al tipo establecido en cada ejercicio. Hasta ahí, no hay nada que objetar.
La cuestión es que existen otros productos –tanto de ahorro, como de inversión- cuya rentabilidad es considerablemente más favorable que la de los depósitos.
Un ejemplo de ello son los planes de pensiones, los cuales permiten obtener beneficios fiscales muy interesantes, como desgravaciones en el IRPF, o el hecho de diferir la tributación. Precisamente, esto último es lo que permiten también los fondos de inversión, por ejemplo.
Limitaciones del capital a aportar
Tampoco debemos olvidar que la mayoría de los depósitos establecen límites máximos y mínimos respecto al capital que se puede imponer a plazo.
Los depósitos promocionales que ofrecen elevados tipos de interés suelen imponer límites máximos relativamente reducidos, por lo que el margen de beneficio que se puede obtener en términos absolutos es reducido.
Fuera del ámbito de las promociones y campañas de captación, los únicos depósitos que ofrecen una alta remuneración son aquellos destinados a grandes cuentas; o lo que es lo mismo, es necesario disponer de enormes sumas de dinero para proceder a su contratación.
Renovación automática al tipo de interés vigente
Finalmente, no debemos olvidar que muchos depósitos se renuevan de forma automática al tipo de interés que esté vigente en el momento de la renovación.
Teniendo en cuenta que los tipos de interés no han hecho otra cosa que bajar a lo largo de estos últimos años, más vale estar pendiente de la fecha de vencimiento del depósito contratado. Si se detecta una alternativa más favorable, entonces más vale solicitar que no se proceda a la renovación automática y recuperar el capital tan pronto como llegue la fecha de vencimiento.