Denuncian ante el Constitucional la libre designación de cargos de la Xunta

6072849wSantiago de Compostela, 21 mar (EFE).- El Tribunal Constitucional ha acordado admitir a trámite una denuncia sobre la posible inconstitucionalidad de un decreto por el que la Xunta que decidió que 43 cargos directivos de la Consellería del Mar fuesen de libre designación, informaron hoy fuentes judiciales.

La decisión de admitir a trámite el procedimiento planteado por la sección primera de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha sido anunciada en una providencia publicada oficialmente en el Boletín Oficial del Estado.

La denuncia, presentada por un funcionario de la Xunta contra la Consellería de Hacienda, está relacionada con su petición de nulidad del sistema de provisión de 43 plazas de la Consellería del Mar, entre las que figuran 25 de jefaturas de servicio.

El denunciante alega en el texto, cuyo contenido ha sido facilitado a Efe, que en ese caso el sistema de libre designación «contraviene» las medidas legislativas.

El auto judicial indica que la legislación vigente establece que el sistema de provisión de plazas por el procedimiento de libre designación para «los puestos de trabajo de carácter directivo o de especial responsabilidad y aquellos que requieran una confianza personal para ejercer sus funciones» será mediante «convocatoria pública entre personal funcionario de carrera».

Asimismo, añade que «en todo caso, mediante este procedimiento se proveerán» las subdirecciones generales, jefaturas de servicio, secretarías de altos cargos o los equivalentes a esos puestos, así como, de manera excepcional, otros de inferior rango «previa negociación con las organizaciones sindicales».

El planteamiento del denunciante está relacionado con una resolución de la Xunta del 11 de abril de 2011 en la que figura la libre designación de 25 jefes de servicio de carácter técnico.

Por ello, la citada sala del máximo órgano judicial de Galicia considera «insoslayable la necesidad de plantear el recurso de inconstitucionalidad mediata o indirecta de un precepto autonómico por posible vulneración de normativa estatal de carácter básico».