Madrid, 11 jul (dpa) – El Tribunal Supremo de España condenó al Estado español por incumplir parcialmente su obligación de tramitar las solicitudes de asilo de refugiados procedentes de Grecia y de Italia establecidas por la Unión Europea (UE) en el año 2015.
La sentencia obliga a España a continuar la tramitación del cupo de refugiados que fue asignado por las autoridades europeas, del que solo se ha cumplido un 12,85 por ciento.
Es la primera vez que un tribunal nacional condena a un país por incumplir estas medidas, confirmaron hoy a dpa fuentes del Supremo.
El Consejo Europeo asignó a España en 2015 la acogida de 19.449 personas procedentes de Grecia e Italia durante dos años, hasta septiembre de 2017. El país solo ofertó un 12,85 por ciento de las plazas de reubicación del total a las que estaba obligado.
El Supremo considera que las decisiones comunitarias incumplidas, que establecían medidas provisionales para acoger a los refugiados, eran de carácter «vinculante y obligatorio» por lo que su incumplimiento implica «la condena al Estado español a continuar la tramitación en los términos previstos en las decisiones y de conformidad con los acuerdos que en lo sucesivo adopten las instituciones comunitarias».
El tribunal español estimó de forma parcial un recurso interpuesto por una asociación de ayuda a migrantes. Ésta solicitaba que se declarase que España había incumplido sus obligaciones, entre ellas, ofertar plazas a los refugiados reubicados y acogerlos.
El Supremo recuerda en su sentencia, además, que a pesar de que existía la posibilidad de que los Estados europeos solicitaran una reducción de su cuota de refugiados de hasta un 30 por ciento, España decidió no acogerse a tal posibilidad.
Consecuentemente, añade el tribunal, se concluye que el país «ha incumplido sus obligaciones de ofertar y de hacer efectivas las reubicaciones a las que estaba obligada: transcurrido más de medio año del vencimiento del término, el informe de la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) reconoce que el cumplimiento de las obligaciones finales es inferior al 13 por ciento».
La sentencia destaca también que, según el informe de la OAR aportado por el Ministerio del Interior, en marzo de este año el estado español sólo había reubicado a 235 personas desde Italia y a 1.124 desde Grecia, una cuota de cumplimiento inferior al 7 por ciento.
