Mañana termina el plazo para que los ciudadanos de la UE se inscriban en el censo electoral

8952990wMadrid, 29 dic (EFE).- Los ciudadanos de la Unión Europea que no hayan participado en anteriores comicios y tengan intención de acudir a votar en las elecciones municipales del 24 de mayo de 2015 tienen de plazo hasta mañana para solicitar su inscripción en el censo electoral.

Un total de 840.195 ciudadanos de la UE podrían votar en las elecciones municipales, en su mayoría procedentes de Rumanía, Reino Unido, Alemania, Italia y Francia, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).

De ellos, 418.187 han participado en anteriores procesos electorales y mantienen su condición de electores, por lo que no es necesario que cumplimenten una nueva declaración.

Al resto, 422.008 ciudadanos de la UE empadronados en España y mayores de 18 años, la Oficina del Censo Electoral les ha enviado una comunicación para recordarles la necesidad de inscribirse en el censo si desean votar para lo que deberán acudir a los ayuntamientos donde estén empadronados.

Estos ciudadanos deberán cumplimentar y firmar la declaración formal contenida en la comunicación y remitirla a la delegación provincial de la Oficina de Censo Electoral correspondiente.

Además, los que dispongan del Número de Identidad de Extranjero podrán realizar su manifestación de voluntad por internet, accediendo a la sede electrónica del INE.

En las elecciones del 24 de mayo podrán participar también los extranjeros residentes en España de los 13 países con los que hay un acuerdo bilateral que reconoce el derecho de sufragio en las elecciones municipales.

Se trata de 342.647 residentes en España nacionales de Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú y Trinidad y Tobago.

Las solicitudes de inscripción en el censo electoral para los ciudadanos de estos trece países se podrán realizar desde el 1 de diciembre próximo hasta el 15 de enero de 2015.

Para poder votar, deberán tener permiso de residencia y haber vivido en España durante los cinco años anteriores a su solicitud de inscripción en el censo electoral del ayuntamiento en el que estén empadronados.

Cumplido ese trámite, podrán ejercer el voto en el municipio de su residencia habitual, en cuyo padrón deben figurar inscritos.

En el caso de los noruegos las condiciones son tener permiso de residencia y haber residido en España legal e ininterrumpidamente durante más de tres años y estar domiciliados en el municipio en que les corresponda votar e inscritos en su padrón municipal.