Cuando se habla de apelar a una sentencia condenatoria por delitos de alcoholemia, debemos entender que una sentencia dictada por un juzgado de instrucción (juzgado de guardia) donde el investigado reconozca los hechos no puede recurrirse. Hay que señalar que aceptar los hechos, permite aprovecharse de la reducción de un tercio de la condena, algo que se llama conformidad penal.
Recordemos que en estos casos el conductor reconoce haber bebido mientras conducía y por eso, le han rebajado la pena un tercio, tanto la retirada del carnet como multa. Ahora si no reconoces los hechos, entonces el juzgado de instrucción, normalmente te remitirá a otro juzgado para que se pueda llevar a cabo el juicio, en este caso ya no estamos hablando de un juicio rápido.
En este caso ya es un juicio penal, y si la sentencia es condenatoria, entonces puedes recurrir a una apelación ante la Audiencia Provincial. Dicho esto, es importante saber que hay un plazo en el que podemos recurrir la sentencia de alcoholemia. De acuerdo con el artículo 379.2 del Código Penal la sentencia condenatoria por un delito de alcoholemia se puede recurrir en un plazo de 10 días desde que te notifican la misma.
Hay que destacar que el plazo no se puede pasar, en caso de que eso ocurra la sentencia será firme, por lo tanto, vas a tener que cumplir con la condena. Ahora el recuerdo de apelación, se tiene que presentar ante el juzgado penal que ha dictado la sentencia condenatoria.
De este modo el juzgado penal, remitirá todas las actuaciones a la Audiencia Provincial, de igual forma es necesaria la presencia de un abogado como procurador, recuerda que JR Abogados, tiene los mejores especialistas en recurso de apelación frente a sentencias condenatorias por delitos de alcoholemia.
Por otro lado, hay un tiempo promedio que suele demorar la audiencia en resolver el recurso. Para ello debemos entender que una vez los autos llegan a la Audiencia Provincial, será esta la que resuelva el asunto en función de su carga de trabajo. Es complicado determinar cuánto tiempo tardará en concretarse, pero la media suele ser de seis meses a un año.
En el caso de que la sentencia de la audiencia sea positiva, es decir, que hayas ganado el recurso de apelación, entonces se renovará la sentencia del juzgado penal. Además, no se te quitará el carnet de conducir. Por otro lado, si es negativa, es decir, se hace la confirmación de la sentencia del juzgado. Cuando esto sucede te van a requerir para que entregues el carnet de conducir, es decir, se llevará a cabo la sentencia en sus propios términos.
Para aplicar los recursos apelación alcoholemia, es necesario que tengas un buen abogado. De hecho, si quieres que tus recursos de apelación sean interpuestos por un abogado especialista en el tema no dudes en contratar alguno de los abogados de JR especialistas en delitos contra la seguridad vial. Además, recuerda que tienes que ser rápido, ya que solo tienes 10 días para poder realizar este proceso.
En el caso de que hayas tenido un abogado anteriormente, tu nuevo abogado va a solicitar a tu anterior toda la venia profesional. De igual forma, pedirá una copia de todas las actuaciones. Recuerda que, por deontología profesional, los abogados tienen la obligación de conceder la venia a un compañero siempre que el cliente lo solicite.
Te recordamos que conducir en estado de alcoholemia implica recibir una serie de sanciones. Una de ellas es la pena de prisión que puede ser de 3 a 6 meses, o una multa de 6 a 12 meses. Aunque también pueden ser trabajos en beneficios de la comunidad por 31 o 90 días. Otra sanción que se aplica es la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores. Esto último puede ser por 1 o 4 años.
Debido a todo esto, es que siempre recomendamos contar con la ayuda de profesionales en el área, como los abogados de JR. Recuerda que estos profesionales están especializados en este tipo de casos, por lo que pueden decirte cual es la mejor forma de avanzar. Además, en caso de que se realice una apelación ellos te ayudaran en todo el proceso.