JR Abogados delito contra la seguridad vial: Alcoholemia


Uno de los delitos contra la seguridad vial es la alcoholemia, el cual puede terminar con una infracción administrativa o puede ser tratado como un delito penal. En una infracción por alcoholemia, existen varios puntos que debemos tener en cuenta y el primero de ello. es el atestado policial. En este preciso documento se pueden encontrar pruebas que le incriminen y en el mismo,el abogado se respaldará para defenderle y el fiscal para acusarle.

Por esta razón, se recomienda que sea revisado a detalle por su letrado, de modo que puede escoger la mejor estrategia de defensa. En este sentido, debemos tener un abogado, si no lo tienes entra a abogadoalcoholemia.com y obtén más información. Si ya tiene una defensa, esta deberá escucharte atentamente y luego,guiado por su experiencia pasará a dar solución.

Todo esto es importante ya que en el atestado policial puede haber errores. De hecho, esto se ha visto en muchos casos y si llega a ocurrir puede hacer que las pruebas en su contra sean nulas. Por ende, se va a poder salir absuelto del juicio. Todo lo contrario,si se encuentra evidencia que compruebe el delito de conducción alcoholizado será condenado con la sentencia dictada por el juez.

Esto último puede ser el retiro del carnet, y si esto ocurre vamos a tener que hacer un curso de la DGT ya que se nos privó del derecho a conducir vehículos a motor. De este modo, vamos a tener que cumplir con dos reglas, la primera es cumplir la condena sin poder conducir el tiempo que se haya indicado.

La segunda es que debemos realizar un curso de sensibilización vial obligatorio de la DGT, el cual dependiendo del caso va a costar de 180 a 320 euros.

En el caso de que no cumplamos con el curso no vamos a poder conducir incluso cuando se haya cumplido con la condena. Obviamente, todo esto es en caso de que se nos encuentre culpables, pero si contratamos un buen abogado como los de JR Abogados, podemos salir librados.

Aunque, hay que tener en cuenta ciertos detalles, como la gravedad del asunto. Por esta razón, debemos saber que hay ciertas cosas que nunca debemos hacer en un control de alcoholemia. En estos casos, nuestro comportamiento y lo que decimos puede terminar agravando la situación.

Por ende, esto es algo que debemos tener en cuenta ya que, a pesar de dar positivo al soplar por un etilómetro, nuestro comportamiento va a influir en la gravedad del asunto. Otro punto importante sobre todo esto es el tema de la multa y el juicio penal. Debido a que, si nos llega una carta del juzgado citándonos para un juicio rápido, también, nos llega una multa por el mismo hecho, está no hay que pagarla.

Lo mismo ocurre si ya hemos celebrado el juicio rápido y luego nos llega la multa, en ambos casos, no debemos pagarla. Lo ideal es consultar a tu abogado, para que te dé más detalle ya que muchas personas suelen pagar la multa aun cuando ya se celebró el juicio rápido o está por celebrarse.

El otro aspecto a tener en cuenta es si la detención fue por un control rutinario de alcoholemia o si la prueba se realizó como consecuencia de un accidente con daños y/o heridos. Si fue en un control rutinario, se realizará un juicio rápido por conducir alcoholizado, y el juzgado de guardia podría enjuiciarte. Si es el segundo caso se incoará diligencia previa, debido a que el juzgado va a necesitar de más información para saber lo que sucedió en el accidente.

A todo esto, hay que mencionar que el hecho de negarse a un control de alcoholemia, es un delito grave. De hecho, el Código Penal castiga el autor de un delito de desobediencia grave, a aquel conductor que requerido por el agente de autoridad se niegue a realizarse la prueba legalmente sometida.

Esto puede tener una pena de prisión de unos seis meses a un año. De igual forma,está la privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores por tiempos superiores a uno y hasta cuatro años.